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Capítulo 4: Registros

En todos los establecimientos de atención primaria de salud en que se efectúe entrega de alimentos, deberá existir un registro manual o electrónico de acuerdo a las directrices del Minsal

1) Registro de Entrega de Productos (Tarjetas)

La tarjeta de entrega de productos de los Programas Alimentarios es individual y única. Sólo puede ser llenada por funcionario de SOME del establecimiento

2) Registro de activos (Tarjetero)

Se subdivide en cinco grupos: a. Niños (ordenados de acuerdo a los grupos programáticos del REM) b. Prematuros c. Madres que amamantan d. Gestantes e. Adulto Mayor

3) Registro de inasistentes (Tarjetero)

En este tarjetero se ubican las tarjetas o registros manuales de las personas que no retiraron su beneficio en el mes que corresponde. Este registro se subdivide además en tres grupos: a. Infantil b. Gestante c. Adulto Mayor Las tarjetas permanecerán en esta clasificación en espera que el beneficiario vuelva a presentarse.

 4) Registro de Pasivos (Tarjetero)

Dicho tarjetero tiene los registros de: Beneficiarios fallecidos. Traslados de Centros de Salud. Preescolares que cumplan 6 años y salen del programa. Abortos y término de embarazo. Madres que amamantan hasta 6 meses postparto.

5) Registros diarios/ mensuales del punto de distribución

El establecimiento debe llevar los registros necesarios para dar cuenta de los movimientos de existencia diarios y mensuales por cada producto y grupo programático.

6) Registros en Bodega

Todas las bodegas de productos de los Programas Alimentarios deben tener un inventario al día, que permita conocer en forma instantánea el stock de los productos almacenados. Se realizará a través de la Tarjeta BINCARD.

 Recursos Físicos y otros: bodegas y área de distribución debidamente equipadas con mesón de entrega, estanterías, sillas ergonométricas con apoya brazos, tarjeteros, medios de transporte como montacargas con capacidad mínima de 60 kg, balanza de plataforma/piso con capacidad de 100 kg, computador y tarjeteros para el registro de las actividades en los puntos de distribución al público.

 Área de Distribución: Es aquella área ubicada dentro de los establecimientos, destinada en forma exclusiva a almacenar temporalmente y distribuir los productos a los beneficiarios.

Bodegas de establecimiento de APS: Son aquellos recintos ubicados dentro de los establecimientos, destinados en forma exclusiva a almacenar los productos de los Programas Alimentarios. Deben tener una superficie útil para recibir los productos solicitados de estos programas.

 Características físicas de las Áreas de Distribución y Bodegas: Son aquellos recintos ubicados dentro de los establecimientos, destinados en forma exclusiva a almacenar los productos de los Programas Alimentarios. Deben tener una superficie útil para recibir los productos solicitados de estos programas.

 

Mermas: Para todos los efectos, se considerará “merma” a aquellos alimentos que han perdido sus condiciones de aptitud para el consumo humano, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Sanitario de los Alimentos y que, por lo tanto, no pueden ser distribuidos a los beneficiarios. Cabe destacar que el vencimiento de productos debe ser investigado para determinar las correspondientes responsabilidades.

 Venta de Cajas: Los recursos financieros obtenidos por la enajenación de las cajas vacías de los Programas Alimentarios, deberán ser administrados por el Encargado de Programas Alimentarios. Será necesario llevar el registro de ingresos y egresos de los recursos generados por esta modalidad. Estos recursos no podrán destinarse a arcas municipales, fondos fijos de los establecimientos, u otros fines que no se relacionen con la gestión local de los Programas Alimentarios.

 Venta de Productos: La venta de productos de los Programas Alimentarios se encuentra regulada por el Código Sanitario: “Los auxilios en especie, tales como medicamentos, alimentos terapéuticos o suplementarios,(…), no podrán ser comercializados por quienes los reciben. (…) serán especialmente sancionados quienes adquieran el producto directamente de aquél o de un tercero, a cualquier título, y quienes, sin tener derecho a él, lo tengan en su poder”.

 

En la guía Minsal se encuentran disponibles en los anexos los formularios y formatos de tarjetas y registros.

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