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B) Sección B: Marco conceptual.

SECCIÓN B: MARCO CONCEPTUAL

 

El Ministerio de Salud ha asumido, para la definición de sus políticas de regulación de la fertilidad, el concepto de Salud Sexual y Reproductiva. Esto implica reconocer que para lograr un óptimo estado de salud, las personas y parejas deben tener la posibilidad de reproducirse con riesgos mínimos, pudiendo regular su fertilidad, decidir libremente si tener o no hijos/as, cuantos y cuando, y de disfrutar de una sexualidad placentera y segura. También implica que el proceso reproductivo culmine de modo satisfactorio, con la supervivencia, crecimiento y desarrollo de la o el recién nacida/o, de modo que hijos e hijas puedan llegar en óptimas condiciones a la vida adulta. 

En consecuencia, los servicios de regulación de la fertilidad, deben estar centrados en las personas y en sus derechos, más que en metas poblacionales. Deben considerar a las personas como sujetos activos que participan junto a las y los profesionales de salud en la búsqueda de una mejor calidad de vida para sí mismas, sus parejas y sus familias.

Las personas que necesitan anticoncepción son mujeres, hombres y parejas que tienen diferentes  características biomédicas, distintos estilos de vida y que pertenecen a entornos sociales y culturales diversos, lo que influye en sus vidas y en sus proyectos de vida. Las condiciones en que viven son dinámicas y el sistema de valores y creencias en el que están inmersos es cambiante. Están influidos por los estereotipos y roles de género vigentes y tienen distintos niveles de conciencia sobre la influencia que éstos tienen sobre su comportamiento. En este complejo contexto se toman las decisiones respecto a las conductas y comportamientos sexuales y reproductivos. Para la mayoría de las personas, estas decisiones no son sencillas ya que deben considerar muchos aspectos – algunos difíciles de comprender o aceptar – y porque son decisiones con consecuencias muy significativas para la vida personal y familiar a corto y largo plazo. Por ello, es fundamental que el personal de salud involucrado en la entrega de estos servicios conozca y se sienta respaldado por los principios éticos y de derechos humanos en que se basa esta atención. De esta forma, será capaz de informar y apoyar el proceso de elegir un método anticonceptivo, con respeto a las creencias y valores de las personas, en lugar de prescribirlo desde la perspectiva médica o de sus propias preferencias.  

 

Consideraciones Éticas y de Derechos Humanos

Se basan en los principios de la bioética y en la perspectiva de los derechos humanos establecidos por la Declaración Universal de Naciones Unidas. Los principios de la bioética orientan a quienes entregan los servicios en cada una de las acciones a realizar durante la atención a las personas. El respeto a los derechos humanos es un compromiso del Estado que debe traducirse en todas las acciones de gobierno. Estos principios resguardan el pluralismo de la sociedad chilena, respetan las diferentes posiciones que pueden tener las personas sobre regulación de la fertilidad, así como su libertad para decidir sobre el uso o no uso de métodos anticonceptivos. 

Las consideraciones éticas que sustentan los servicios de regulación de la fertilidad se basan en los principios fundamentales de la bioética: 

– Principio de Beneficencia y no-maleficencia: El interés por mejorar la salud de las mujeres, la que puede verse afectada gravemente por el proceso reproductivo, y por disminuir el número y prolongar el intervalo entre los hijos/as, mejorando así la calidad de la crianza y la salud de niños y niñas. Existe cada vez más información acerca de los efectos negativos que tienen los embarazos no deseados que se llevan a término sobre la salud física y mental de mujeres y niños. Estos embarazos son un factor de riesgo para el maltrato infantil y muchos de ellos se producen en la adolescencia, con consecuencias aún más severas para la vida de las niñas y jóvenes y para sus hijos. Para respetar el principio de no maleficencia, el personal de salud debe estar capacitado para entregar los métodos anticonceptivos más adecuados a la condición de salud de las personas y para manejar en forma oportuna los efectos adversos que puedan presentarse.

– Principio de Equidad y justicia: Corregir la enorme inequidad existente en la distribución del riesgo reproductivo y de los embarazos no deseados. Este riesgo se concentra en las mujeres de los países menos desarrollados y en los grupos de población más pobre de cada país. En los países más ricos, el primer embarazo se posterga, el número de hijos por mujer es menor, los intervalos entre los embarazos son más largos, la tasa de uso de anticoncepción es más alta y la mortalidad por causas reproductivas es cada vez más baja. En los países más pobres, en cambio, el primer embarazo ocurre en edades tempranas, el número de hijos por mujer es mayor, los intervalos entre embarazos son más cortos, el acceso a la anticoncepción es limitado y la mortalidad por causas reproductivas continúa siendo alta. Existe evidencia de que, en términos poblacionales, la reducción del número de hijos/as por mujer se asocia invariablemente a una mejor calidad de vida y de educación. Las tasas de fecundidad en los países con mayor desarrollo socioeconómico son bajas como consecuencia del uso de métodos anticonceptivos, y en la gran mayoría de los países pobres, la regulación de la fertilidad forma parte de las políticas para superar la pobreza. 

– Principio de Autonomía y respeto por las personas: Apoyar las decisiones libres de las personas con respecto a su sexualidad y reproducción. Este concepto se vincula a los derechos ciudadanos, y responde a una aspiración que se instala progresivamente en la población de nuestro país. La autonomía de las personas, en el contexto de una “paternidad y maternidad responsables” requiere la posibilidad de tener sólo el número de hijos que pueden querer, cuidar, mantener y educar. 

Hay que considerar que las características de los métodos anticonceptivos son neutras desde el punto de vista ético, por lo que las personas y parejas pueden elegir el método que es más adecuado para ellas.  

 

Derechos Humanos y Anticoncepción 

Acuerdos obligan al Estado chileno a incorporar la diversidad de opciones disponibles y perspectivas valóricas en sus políticas públicas de sexualidad y reproducción. Diversos pactos establecen derechos humanos básicos, como el derecho a la salud y a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, de los que se derivan los derechos sexuales y reproductivos. Estos acuerdos y otros instrumentos internacionales importantes coindicen en que la anticoncepción contribuye al respeto de los derechos fundamentales de las personas, como el Derecho a la Vida, a la Libertad individual y de pensamiento, entre otros:

– Derecho a la vida: El uso de la anticoncepción salva la vida de las mujeres, ya que evita abortos realizados en condiciones de riesgo y embarazos en mujeres con patologías que las exponen a graves riesgos si se embarazan. Protege la salud de las mujeres al prolongar el intervalo entre los embarazos. Salva vidas de niños y niñas, porque las tasas de mortalidad infantil son más altas cuando los embarazos se producen en intervalos menores de dos años.

– Derecho a la libertad individual: Cada persona, como individuo único e irrepetible, tiene el derecho a expresar su sexualidad y decidir su conducta reproductiva según la percepción que tiene de sí misma, de su situación de vida y de acuerdo a sus principios y valores. El uso de anticoncepción apoya el ejercicio de este derecho. 

– Derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión: Una sociedad pluralista no impone el uso de ningún método anticonceptivo. Por el contrario, se adecua a la diversidad de pensamiento, conciencia y religión de las personas que los utilizan y no pretende influir tampoco en la decisión de no usar un método. Por otra parte, el personal de salud tiene también derecho a considerar que el mecanismo de acción de alguno de los métodos pudiera no ser aceptable para ellas/os. Esta “objeción de conciencia” los obliga, desde el punto de vista ético, a derivar a quién solicita ese método a otro profesional que no tenga esta objeción, asegurándose que la persona sea atendida y pueda ejercer sus derechos, en caso contrario, se produce una violación de los derechos humanos de las usuarias

 

Existe amplio consenso en que la regulación de fertilidad beneficia a las personas y a la población, ya que protege el derecho a la vida y la salud, apoya el derecho de mujeres y hombres a disfrutar de su sexualidad y reproducción y el derecho de los hijos e hijas a nacer siendo deseados. Al Estado le corresponde, en sus políticas públicas de sexualidad y reproducción, resguardar los derechos de la población, incorporando la diversidad de opciones disponibles y perspectivas valóricas. En consecuencia, la preocupación ciudadana y el control social sobre la regulación de la fertilidad debieran estar centrados en que los servicios ofrecidos cumplan efectivamente con los principios de la bioética y con el respeto de los derechos de las personas. 

 

Género y Salud Sexual y Reproductiva

La salud sexual y reproductiva (SSR) es uno de los ámbitos en los que se expresan con mayor fuerza las desigualdades e inequidades de género. Por esto, el diseño y la provisión de servicios de salud sexual y reproductiva deben considerar, junto a los aspectos biomédicos, las formas de vivir que caracterizan y diferencian a mujeres y hombres en las distintas etapas de sus vidas. 

Las mujeres asumen todo el costo biológico y gran parte del costo social de la reproducción y, sin embargo, tienen menor control que los hombres sobre las decisiones que involucra el ejercicio de la sexualidad. Las mujeres enfrentan los riesgos que tienen, para su salud y su vida, los embarazos, abortos y partos y hoy sufren, mayoritariamente, los eventuales problemas asociados al uso de un método anticonceptivo. Muchas mujeres tienen escasa autonomía para tomar decisiones en el área de su  salud sexual y reproductiva, incluyendo la regulación de la propia fertilidad. Por lo tanto, aplicar enfoque de género en los servicios de atención de regulación de la fertilidad, del embarazo, aborto y parto y sus complicaciones es un imperativo ético hacia las mujeres que los necesitan y utilizan. 

La incorporación de la perspectiva de género en la atención de salud reproductiva implica asumir que la sexualidad es un componente fundamental en la identidad, bienestar y felicidad de hombres y mujeres. Que su ejercicio conlleva, durante el periodo fértil, la posibilidad de un embarazo no deseado y a lo largo de la vida, el riesgo de una infección que se trasmite mediante el acto sexual. Y que una oferta de servicios de SSR y anticoncepción apropiada y de calidad, puede contribuir a que la vida sexual de las personas, particularmente la de las mujeres, sea percibida como menos riesgosa y más placentera.   

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